Haremos contigo o para tí los siguientes trámites telemáticos:
•Registro Mercantil Central: Certificación negativa del nombre de la sociedad
• Agencia Tributaria (AEAT): Número de identificación fiscal
• Notario: Te asesoramos para firmar en un notario la Escritura pública.
Usamos proceso telemático para SLNE
La escritura de constitución de la sociedad deberá ser otorgada por todos los socios fundadores, sean personas físicas o jurídicas, quienes habrán de asumir la totalidad de las participaciones sociales. Deberá contener necesariamente:
• La identidad del socio o socios.
• La voluntad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada.
• Las aportaciones que cada socio realice y la numeración de las participaciones asignadas en pago.
• La determinación del modo concreto en que inicialmente se organice la administración, en caso de que los estatutos prevean diferentes alternativas.
• La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social.
• Se podrán incluir todos los pactos y condiciones que los socios juzguen convenientemente establecer, siempre que no se opongan a las leyes reguladoras.
• Los estatutos de la sociedad, en los que se hará constar, al menos:
o La denominación de la sociedad.
o El objeto social, determinando las actividades que lo integran.
o El domicilio social.
o El capital social, las participaciones en que se divida, su valor nominal y su numeración correlativa y, si fueran desiguales, los derechos que cada una atribuya a los socios y la cuantía o la extensión de éstos.
o El modo o modos de organizar la administración de la sociedad, el número de administradores o, al menos, el número máximo y el mínimo, así como el plazo de duración del cargo y el sistema de retribución, si la tuvieren.
o El modo de deliberar y adoptar sus acuerdos los órganos colegiados de la sociedad.
La escritura de constitución deberá presentarse a inscripción en el Registro Mercantil Provincial.
•Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados Consejerías de Hacienda de las CC.AA:
• Registro Mercantil Provincial: Inscripción de la empresa en el Registro